Publica el portal digital idealista.com un reportaje en la que afirma que la instalación de un ascensor en un edificio puede llegar a ser obligatoria si vive o trabaja dentro del mismo una persona mayor de 70 años o con discapacidad. Instalar un ascensor siempre es una mejora, por lo que los miembros de una comunidad de propietarios, de aprobarse en junta, tendrán que asumir el coste. Para sufragarlo, existen ayudas para la instalación de ascensores en el marco del Plan Estatal de acceso a la vivienda 2022-2025.

Se trata de un programa que contempla diversas ayudas, entre las que se incluyen subvenciones para mejorar la accesibilidad en edificios residenciales. Los requisitos para acceder son los siguientes:

  • El edificio debe haber sido construido antes de 1996
  • La mitad de los pisos de la comunidad de propietarios deben estar destinados a vivienda habitual
  • El 50% de viviendas del edificio deben ser domicilio habitual
  • Existe un informe técnico que acredite la necesidad de instalar un elevador
  • Las casas pueden ser tanto unifamiliares como viviendas colectivas

En cuanto a la cuantía de la ayuda, generalmente existe un límite del 40% de la inversión total. Este límite se incrementa hasta el 75%para casosen los que los ingresos sean inferiores a 3 veces el IPREM o en casos de obras para fomentar la accesibilidad para residentes discapacitados o mayores de 65 años. 

Para la conservación, la ayuda puede llegar hasta 3.000 euros por vivienda, mientras que para la accesibilidad se dispone de hasta 8.000 euros por casa, aumentando a 14.000 euros para personas con discapacidad y hasta 17.000 euros para aquellas con un grado más severo de discapacidad. Además, hay un incremento de 1.000 euros por piso si se trata de un Bien de Interés Cultural (BIC) y un aumento del 25% en la ayuda para menores de 35 años en municipios con menos de 5.000 habitantes.

Plan de rehabilitación de vivienda y regeneración urbana

Financiado por los fondos Next Generation EU, este plan tiene como objetivo mejorar la accesibilidad, la eficiencia energética y la sostenibilidad de las viviendas. La cuantía de esta subvención puede ser hasta el 100% del coste de la instalación del ascensor, mientras que los requisitos para acceder a ella son que los edificios deben tener una antigüedad superior a 10 años y no haber recibido una subvención para la misma finalidad en los últimos 5 años.

Ayudas a las actuaciones de mejora de la accesibilidad a las viviendas

Estas ayudas dependen de las comunidades autónomas y tienen como fin mejorar la accesibilidad de los edificios para personas con discapacidad o mayores de 65 años. La cuantía de la subvención también depende de la CCAA. Asimismo, los requisitos para solicitarlas son que el edificio tenga 10 o más años de antigüedad y no haber recibido subvenciones para la misma finalidad en los últimos 5 años.

Deducción por la instalación de ascensores

Existe una deducción del 20% del coste de la instalación del ascensor en la declaración de la renta. Para ello, la vivienda en la que se instale debe ser la residencia habitual del contribuyente. Además, la instalación del ascensor se debe haber realizado entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2023 y el contribuyente debe tener derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual.

Quién puede beneficiarse de las subvenciones para poner ascensor

Pueden ser beneficiarios de estas ayudas las comunidades de propietarios, las agrupaciones de comunidades de propietarios o los propietarios únicos de edificios de viviendas, así como las administraciones públicas y entidades del tercer sector que actúen como promotores de las actuaciones subvencionables. 

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